1.
Búsqueda y reserva del nombre de la empresa en Registros Públicos (solo Persona
Jurídica)
En
primer lugar debemos acudir a la Oficina de Registros Públicos, en este caso la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), y verificar que
no exista en el mercado un nombre o razón social igual al que queremos para
nuestra empresa.
pasos
para constituir una empresa
Al
momento de buscar los nombres existentes, debemos asegurarnos también de que no
haya alguno que se parezca o suene igual al que queremos utilizar. Debe haber
un mínimo de tres letras diferentes.
Una
vez realizada la búsqueda y confirmado que no existen nombres iguales o
similares al que queremos utilizar, pasamos a reservar nuestro nombre para que
otra empresa no pueda inscribirse con el mismo, siendo efectiva la reserva por
un plazo de 30 días.
2.
Elaboración de la minuta (solo Persona Jurídica)
La
minuta es un documento en el cual los miembros de la sociedad manifiestan su
voluntad de constituir la empresa, y en donde se señalan todos los acuerdos
respectivos.
La
minuta consta del pacto social y los estatutos, además de los insertos que se
puedan adjuntar a ésta.
Los
elementos fundamentales de una minuta son:
los
generales de ley de cada socio (sus datos personales, nombres, edades,
documentos de identificación, etc.).
el
giro de la sociedad.
el
tipo de empresa o sociedad (E.I.R.L, S.R.L, S.A, etc.).
el
tiempo de duración de la sociedad (plazo fijo o indeterminado).
la
fecha en la que se va a dar inicio a las actividades comerciales.
el
lugar en donde va a funcionar la sociedad (domicilio comercial).
la denominación
o razón social de la sociedad.
el
lugar en donde van a funcionar las agencias o sucursales (si es que las
hubieran).
la
persona que va a administrar o representar la sociedad.
los
aportes de cada socio. Los cuales pueden ser:
bienes
dinerarios: dinero y sus medios sustitutos tales como cheques, pagarés, letras
de cambios, etc.
bienes
no dinerarios: inmuebles o muebles tales como escritorios, mesas, sillas, etc.
otros
acuerdos que establezcan los socios.
Es
recomendable elaborar la minuta con la ayuda de un abogado de confianza.
3.
Elevar minuta a escritura pública (solo Persona Jurídica)
Una
vez redactada la minuta, debemos llevarla a una notaría para que un notario
público la revise y la eleve a escritura pública.
Por
lo general, los documentos que debemos llevar junto con la minuta son:
la
constancia o el comprobante de depósito del capital aportado en una cuenta
bancaria a nombre de la empresa.
un
inventario detallado y valorizado de los bienes no dinerarios.
el
certificado de Búsqueda Mercantil emitido por la Oficina de Registros Públicos
de la inexistencia de una razón social igual o similar.
Una
vez elevada la minuta, ésta no se puede cambiar. Al final, se genera la
Escritura Pública, Testimonio de Sociedad o Constitución Social, que es el
documento que da fe de que la minuta es legal, la cual debe estar firmada y
sellada por el notario.
4.
Inscribir Escritura Pública en Registros Públicos (solo Persona Jurídica)
Una
vez que hemos obtenido la Escritura Pública, debemos llevarla a la Oficina de
Registros Públicos en donde se realizarán los trámites necesarios para
inscribir la empresa en los Registros Públicos.
La
Persona Jurídica existe a partir de su inscripción en los Registros Públicos.
5.
Obtención del número de RUC
El
Registro Único de Contribuyentes (RUC) es lo que identifica a una persona o
empresa ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT)
para el pago de los impuestos.
Toda
Persona Natural o Jurídica está obligada a inscribirse en el RUC, de lo
contrario será sancionada de acuerdo con el Código Tributario, igual que los
inscritos en el RUC que no presenten la declaración.
Para
obtener el RUC debemos acudir a la SUNAT, llenar un formulario de justificación
y esperar notificación.
6.
Elegir régimen tributario
En
la misma SUNAT, a la vez que tramitamos la obtención del RUC, debemos
determinar a qué régimen tributario nos vamos a acoger para el pago de los
impuestos, ya sea al Régimen Único Simplificado (RUS), al Régimen Especial de
Impuesto a la Renta (RER), o al Régimen General.
Una
vez que contamos con nuestro número de RUC y hemos elegido un régimen
tributario, podemos imprimir los comprobantes de pago (boleta y/o factura) que
vamos a utilizar.
7.
Comprar y legalizar libros contables
En
este paso compramos los libros contables necesarios dependiendo del régimen
tributario al cual nos hayamos acogido y, posteriormente, los llevamos a una
notaria para que sean legalizados por un notario público.
8.
Inscribir trabajadores en EsSalud
En
este paso registramos a nuestros trabajadores ante el Seguro Social de Salud
(EsSalud) a través de un formulario que podemos obtener en la misma SUNAT.
Este
registro le permite a los trabajadores acceder a las prestaciones que otorga
dicha entidad.
9.
Solicitud de licencia municipal
En
este paso acudimos a la municipalidad del distrito en donde va a estar ubicada
físicamente nuestra empresa, y tramitamos la obtención de la licencia de
funcionamiento.
Si
vive en Perú, uno de estos centros o instituciones es el Centro Cofide, el cual
ofrece el servicio de búsqueda y reserva de nombre en los Registros Públicos,
elaboración de la minuta y su legalización ante un notario público, obtención
de RUC (sus oficinas cuentan con un stand de la SUNAT)
PASOS PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA EMPRESA
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